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Libro(s):

Soberanía y no intervención: orígenes y evolución

Villagrán de León, Francisco. Soberanía y no intervención: orígenes y evolución. Guatemala: F&G Editores, febrero de 2021, 1era. edición. xxii+248 págs. 15.8 x 24.1 cms. ISBN: 978-9929-700-70-3. Rústica. US$30.00. Q.185.00.


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PRÓLOGO
Gert Rosenthal

Prólogo. Gert Rosenthal
Formato "PDF" [Páginas xiii - xvii — 67.2]

Diseño de portada: Camille Collette
Ilustración de portada: Gilles Collette
Foto del autor: Donna Eberwine-Villagrán.

Contenido:

Prólogo. Gert Rosenthal

Prefacio

Capítulo 1. Consideraciones generales
1. Soberanía y no intervención / 2. El principio de no intervención en el derecho internacional / 3. Reinterpretación de la no intervención y delimitación de su alcance

Capítulo 2. Inserción normativa de la no intervención en el derecho internacional
1. Creación de las Naciones Unidas / 2. Creación de la Organización de los Estados Americanos / 3. Desarrollo posterior del principio de no intervención en la onu y en la oea

Capítulo 3. La protección de los derechos humanos y la no intervención
1. Los derechos humanos en el sistema de las Naciones Unidas / 2. Los derechos humanos en el sistema interamericano / 3. Los derechos humanos en el sistema europeo

Capítulo 4. La democracia, el Estado de derecho y la no intervención
1. Las Naciones Unidas y la democracia / 2. La oea y la democracia / 3. La cooperación internacional para fortalecer el Estado de derecho / 4. El final de la tercera ola democrática y el futuro del apoyo a la democracia

Conclusiones

Bibliografía

Anexo 1. Documentos clave en la evolución del principio de la no intervención
Incorporación del principio de no intervención en el derecho internacional americano / La protección de derechos humanos y la no intervención / La democracia y la no intervención

Anexo 2. Declaraciones y resoluciones de especial importancia
Convención sobre derechos y deberes de los Estados (Séptima Conferencia Internacional Americana, Montevideo – 1933) / Protocolo adicional relativo a no intervención Suscrito en Buenos Aires el 23 de diciembre de 1936 / VII. Preparación de un instrumento sobre casos de violaciones al principio de no intervención / Estudio de un proyecto de instrumento tendiente a definir los casos de violación del principio de no intervención (Resolución aprobada en la decimasegunda sesión plenaria celebrada el 14 de abril de 1973) / Instrumento sobre casos de violaciones al principio de no intervención.Proyecto e informe del Comité Jurídico Interamericano / Informe del Grupo de Trabajo de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos encargado de estudiar el proyecto de “Instrumento tendiente a definir los casos de violación del principio de no intervención” / Resolución 2131 (XX) de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Declaración sobre la inadmisibilidad de la intervención en los asuntos internos de los Estados y protección de su independencia y soberanía.

 

De contraportada: Si bien el análisis gravita en torno a la soberanía y la no intervención, temas que podrían examinarse dentro de los confines especializados de juristas o expertos en las relaciones internacionales, el libro coloca el análisis en un contexto mucho más amplio. Gert Rosenthal

La intervención en los asuntos internos de los Estados ha existido históricamente con diferentes manifestaciones (militar, económica, política, así como directa o encubierta). Desde la paz de Westfalia y el surgimiento del Estado nación se reconoció que esos actos no deberían ser permitidos. La idea de formular la no intervención como regla de conducta en las relaciones entre Estados comenzó a tomar forma en el siglo XVII.

Con las injerencias frecuentes de Estados Unidos en América Latina surgió la iniciativa de establecer la no intervención como norma jurídica. Su formulación inicial se dio en el derecho internacional americano y posteriormente se incorporó en las Cartas de la ONU y la OEA. Pero el criterio de que cualquier acción internacional en asuntos internos era inadmisible comenzó a cambiar en la década de 1970 cuando los derechos humanos fueron reconocidos como un asunto legítimo de preocupación internacional y su protección y vigencia dejaron de ser algo exclusivo de la jurisdicción interna. Eso produjo una reinterpretación de la no intervención y su alcance. Con base en ese criterio, comenzó después un proceso de ampliar el involucramiento internacional al ámbito de la democracia representativa, lo que también ha tenido su propio desarrollo normativo y forma parte del derecho internacional contemporáneo. Como resultado, la acción multilateral en asuntos internos se ha ido extendiendo y eso ha reducido más el campo de la no intervención. En las últimas décadas se han abierto nuevos espacios de cooperación internacional con instituciones de los Estados y el apoyo externo se ha extendido a aquellas relacionadas con la administración de justicia. Esto refleja la evolución que han tenido el alcance y la interpretación de la no intervención.

 

Francisco Villagrán de León. Es diplomático retirado, con más de 30 años en el servicio exterior guatemalteco. Fue viceministro de Relaciones Exteriores (1986) y embajador en Estados Unidos, las Naciones Unidas (tanto en Nueva York como en la sede de la ONU en Ginebra), la Organización de los Estados Americanos (donde fue presidente de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos), Canadá, Noruega y Alemania. Fue investigador visitante (visiting fellow) en el Instituto de la Paz de Estados Unidos (1992) y en la Fundación Nacional para la Democracia (National Endowment for Democracy 2003–2004), ambas en Washington, D.C. A partir de 2016 ha estado en la Escuela Elliott de Asuntos Internacionales de la Universidad George Washington, primero como académico visitante y después como docente.

Villagrán de León obtuvo una maestría en Relaciones Internacionales de la Universidad de Georgetown en Washington, D.C. y una licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales en la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Es miembro de la Sociedad Americana de Derecho Internacional (American Society of International Law).

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